El exequatur en Francia

La ejecución de sentencias extranjeras en Francia depende del área del Derecho al que afecte, el país de donde proceden las sentencias y la existencia de acuerdos que hayan sido firmados por Francia con diferentes países.
Para que las sentencias de países de fuera de la UE puedan producir todos sus efectos en Francia, se debe recurrir al procedimiento de exequátur. El procedimiento de exequatur permite la aplicación en Francia de la decisión un tribunal extranjero. Se lleva a cabo ante un juez del Tribunal de Grande Instance (TGI) y requiere abogado. El juez verifica que la sentencia extranjera es ejecutoria en el país de origen, que el procedimiento respete los derechos de la defensa, y que la resolución no es contraria a las normas destinadas a la protección de la persona humana y de su dignidad (por ejemplo, una sentencia de repudio unilateral dificilmente podría beneficiarse del exequátur).

Excepciones
Las resoluciones extranjeras en materia de propiedad y de los Estados miembros de la Unión Europea (excepto Dinamarca) producen sus efectos en Francia sin exequátur. Para hacer cumplir esta sentencia, existe un procedimiento simplificado llamado reconocimiento de la ejecución. Debe solicitarlo al secretario general del TGI, y no se requiere abogado.
Cuando estas sentencias se refieran a créditos que no están en disputa, sólo una simple certificación del tribunal extranjero debe bastar.

Las resoluciones de países de la UE en materia matrimonial y de responsabilidad parental (divorcio, custodia, régimen de visitas, custodia ...) no requieren exequatur para producir sus efectos en Francia. Basta con presentar una solicitud de reconocimiento de la ejecución. El uso de un abogado no es obligatorio.

Escribir comentario

Comentarios: 5
  • #1

    Latina Trusty (jueves, 02 febrero 2017 15:26)


    You really make it appear really easy along with your presentation but I find this matter to be really something that I believe I'd never understand. It sort of feels too complex and very vast for me. I'm having a look ahead in your next put up, I'll try to get the grasp of it!

  • #2

    Madeline Palmeri (jueves, 02 febrero 2017 18:13)


    Hey! Do you use Twitter? I'd like to follow you if that would be okay. I'm definitely enjoying your blog and look forward to new updates.

  • #3

    Berneice Vantrease (viernes, 03 febrero 2017 20:29)


    I'm very happy to uncover this great site. I want to to thank you for your time due to this wonderful read!! I definitely savored every little bit of it and i also have you book marked to see new stuff in your blog.

  • #4

    Ela Harwood (lunes, 06 febrero 2017 10:01)


    Hi there everyone, it's my first pay a quick visit at this web site, and post is really fruitful in favor of me, keep up posting these types of articles.

  • #5

    Chelsey Didonna (viernes, 10 febrero 2017 00:40)


    This excellent website really has all the info I needed about this subject and didn't know who to ask.





Otras webs del despacho Varés & Asociados:

Varés & Asociados

www.vares.es

Abogados en Polonia

www.abogadosenpolonia.com

Biznes Hiszpania

www.bizneshiszpania.pl